Recomendación del 26 de
Junio de 2003 del CSTI relativa a los derechos digitales
Dictamen publicado el 3 de julio de 2003
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el dictamen completo del CSTI con formato pdf
El Consejo Estratégico de las Tecnologías de la
Información,
Visto el decreto n°2000-1080 del 7 noviembre de 2000 relativo
a la creación de un Consejo Estratégico de las tecnologías
de la Información,
Visto el asunto sometido a su examen el 8 de enero de 2003,
Recomienda :
- no imponer, por la ley o de facto, debido a su imprecisión, medidas de seguimiento o de control de intercambios en Internet, que generen:
-evaluar el impacto financiero de la aplicación estricta del régimen actual de los derechos de autor en el marco de la enseñanza y de la investigación, en comparación en particular con los regímenes europeos que practican una excepción en este mismo marco, y publicar los análisis relacionados.
- acercar, debido a su incremento significativo, los presupuestos de adquisición de las bibliotecas y centros de documentación, de los establecimientos de enseñanza e investigación franceses, tanto digitales como físicos, a la situación que prevalece en los países comparables.
- tomar en cuenta las conclusiones del informe del grupo de trabajo "aplicaciones y servicios" adjunto a esta recomendación: Derechos digitales: protecciones técnicas contra la piratería; excepciones en marco de la enseñanza y de la investigación.
Dado en París, a 3 de julio de 2003
Por el secretario general:
JEAN MICHEL HUBERT
Miembros del
CSTI en la fecha del 26 de junio 2003
M.
Jean-François ABRAMATIC, M. Bruno BONNELL, M. Thierry BRETON,
M. Bernard CHARLÈS, M. Michel DAHAN, M. Jean-Jacques DAMLAMIAN,
M. Éric DELEVAQUE, M. Stéphane DOTTELONDE, M. Jean
Pierre GLOTON, M. Claude GUÉGUEN, M. Paul HERMELIN, M.
Jean-Marie HULLOT, M. Francis JUTAND, M. Daniel KAPLAN, M. Arnaud
LAGARDÈRE, M. Bernard LARROUTUROU, M. Jacques Le MAROIS,
Mme Anne-Sophie PASTEL, M. Pasquale PISTORIO, M. Jacques STERN,
M. Serge TCHURUK, Mme Agnès TOURAINE, M. Martin VIAL.
Anexo al dictamen : Informe del grupo
B "Derechos digitales: protecciones técnicas contra la piratería; excepciones en marco de la enseñanza y de la investigación".